PRINCIPIO DE PROPORCIONALIDAD No suspendido acto por el cual se expide el Decreto Único Reglamentario del Sector Educación, al no advertirse vulneración del ordenamiento jurídico superior
Requisitos de procedencia de la medida cautelar de suspensión provisional. El acto demandado es el numeral 2 del artículo 2.3.3.5.3.4.2 del Decreto 1075 de 2015, referente a los destinatarios de la educación básica formal de adultos para el ingreso de personas con 15 o más años que hayan terminado la primaria.
Publicado por Artículo20 en: 2018/08/16
Consejo de Estado--2018-N
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