Jueves , 26 de Noviembre de 2009 |
|
Esta iniciativa legislativa se presenta con el objeto de promover la bancarización de las personas pertenecientes al nivel 1 del (Sisben) y desplazados inscritos en el Registro Único de Población Desplazada, autorizando a los establecimientos bancarios la implementación de instrumentos de pago electrónico social en donde se establezca la gratuidad de por lo menos un canal para consulta y disposición de los recursos. De la misma manera las operaciones de telecomunicación destinadas a permitir las transacciones financieras a través de celulares y otros canales electrónicos a la población vulnerable en mención, no generarán rentas gravables para las empresas de telecomunicaciones por el término de 5 años, siempre y cuando éstas adopten procedimientos y tarifas especiales para ese segmento de la población.
De otra parte, el PL-2009-N219C pretende implementar la Cátedra en establecimientos de educación básica, media y superior públicas y privadas sobre el funcionamiento del sector financiero, de las entidades que lo integran y de los productos que se ofrecen. Autor: Representante Gilberto Rondón González.
|
|