Miércoles , 8 de Agosto de 2007 |
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Nuevamente fue radicado al Congreso de la República un proyecto de ley que tiene como fin regular la prestación del servicio de transporte público de pasajeros en motocarro, motocicleta, mototrailer y tricimóvil. El número de “mototaxis” será el determinado en el plan de movilidad de cada municipio. El ingreso a los mencionados servicios se hará a través de concurso público que para tales efectos adelantará la autoridad competente.
El servicio de “mototaxi” podrá prestarse: 1) A través de empresas o cooperativas legalmente constituidas y habilitadas que tengan por objeto único el transporte, en las cuales los propietarios del parque automotor sean dueños del 100% de la empresa, y 2) Por las empresas de transporte de pasajeros de radio de acción municipal, distrital o metropolitano, habilitadas en sus diferentes modalidades. Autores: Representantes Pedro Nelson Pardo, Miguel Ángel Rangel y Guillermo Santos Marín.
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