Lunes , 6 de Agosto de 2007 |
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Este proyecto de ley presentado por el Gobierno tiene como fin declarar de interés social nacional y como prioridad sanitaria y de salud pública la preservación del estado sanitario de país libre en influenza aviar, así como el control y erradicación de la enfermedad de newcastle en el territorio nacional. La propuesta crearía un programa que preserve el status sanitario de país libre de Influenza Aviar y estaría a cargo del Ministerio de Agricultura. En caso de ser necesaria la aplicación de vacunas para el control de la influenza aviar en el territorio nacional, éstas serán autorizadas y controladas por el ICA en su fase de importación, distribución y comercialización. Dicha entidad deberá realizar estudios posteriores sobre los resultados del biológico.
Señala el proyecto de ley 45/07C que en caso de ser necesaria la importación de reactivos para la vigilancia de la influenza aviar y del newcastle, o de vacunas para prevenir y controlar el newcastle y controlar la influenza aviar dentro del territorio nacional, el Gobierno Nacional de conformidad con lo establecido en el numeral 25 del artículo 189 de la Constitución Política Nacional, podrá otorgar un tratamiento aduanero preferencial, sujeto al cumplimiento de los requisitos técnicos y jurídicos a que haya lugar. Autores: Ministros de Hacienda, Oscar Iván Zuluaga y Agricultura, Andrés Felipe Arias.
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