El proyecto de ley pretende, para efectos del reconocimiento y otorgamiento de la pensión, contabilizar como doble, todo el tiempo en que el personal de oficiales y suboficiales de las Fuerzas Militares, oficiales, suboficiales, personal del nivel ejecutivo y agentes de la Policía Nacional, alumnos de las escuelas de formación de las Fuerzas Militares y de la Policía Nacional, y Soldados de las Fuerzas Militares fueron víctimas del delito de secuestro. Autora del PL-2009-N244C: Representante Lucero Cortés Méndez.
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