Viernes , 22 de Enero de 2010 |
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Según el proyecto de ley, los servidores públicos que se encuentren nombrados en provisionalidad que posean discapacidades física, mental, visual o auditiva, o sean madres y/o padres cabeza de familia, y los servidores públicos provisionales que en el momento de entrar en vigencia la Ley, se encuentren trabajando en zonas de difícil acceso, zonas rojas, regiones ubicadas en fallas geológicas, donde su habitar está en constante peligro; no podrán ser separados de su cargo sino por las causales contenidas en la respectiva ley de carrera que se les aplique. Mientras permanezcan en sus cargos su desempeño será evaluado anualmente, siguiendo el procedimiento que se establezca en el reglamento.
“Con el proyecto en mención (PL-2009-N220S) no se atenta contra la constitucionalidad, ni contra los principios de la carrera administrativa, sino de reconocer los derechos que tienen las personas que se encuentran en estado de vulnerabilidad, siendo necesario que el Estado brinde una protección especial a estas personas, evitando una problemática social que se generaría en varios hogares colombianos al quedar sin el trabajo que les permitiera la remuneración constante con la cual brindan el sustento a sus familias”, expone la autora del proyecto, la senadora Dilian Francisca Toro.
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