A través de esta iniciativa de origen parlamentario se busca crear la Abogacía General del Estado, ente encargado exclusivamente de defender los intereses de la Nación, de proteger el patrimonio público y salvaguardar los recursos oficiales, cuyo director será el Abogado General del Estado. Será una unidad administrativa especial, adscrita al Ministerio de Interior y Justicia, con personería jurídica, autonomía presupuestal, técnica y administrativa. El abogado general del Estado, por sí o por medio de sus delegados y agentes, le corresponde ejercer la defensa del patrimonio del Estado Colombiano en todos los juicios y en los actos no contenciosos de cualquier naturaleza, sin perjuicio de la que corresponda, de acuerdo con la Constitución y la ley, a las demás ramas del poder público y los órganos autónomos e independientes. También ejercer la defensa del Estado en los juicios que afecten a bienes nacionales de uso público o fiscales, cuando la defensa de estos bienes no corresponda a otros organismos.
El abogado general del Estado será elegido por el Presidente de la República, y deberá reunir los siguientes requisitos: a) Ser colombiano y ciudadano en ejercicio; b) Abogado, con tarjeta profesional vigente y no haber sido sancionado en el ejercicio de la profesión; c) No haber sido condenado por sentencia judicial a pena privativa de la libertad, excepto por delitos políticos o culposos, y d) Haber ejercido con buen crédito la profesión de abogado, durante 10 años. Proyecto de ley 102/07S.
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