La propuesta pretende consagrar para los servidores públicos de todas las ramas, órganos y entidades del Estado de los diferentes órdenes y niveles, tanto nacional, regional, departamental, provincial, distrital y municipal, así como en los organismos autónomos y de control, la edad de retiro forzoso en los 70 años. Actualmente está consagrado hasta los 65 años.
De convertirse en ley se aplicará a todos los servidores públicos, cualquiera sea el nivel, orden, órgano o rama a la que pertenezcan, sin excepción alguna. De otra parte, los servidores públicos que hubieren cotizado continua o discontinuamente a la misma entidad durante 30 años o más, podrán acceder de inmediato a la pensión de jubilación. Autor del PL-2010-N239S: Senador Gabriel Zapata Correa.
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