Pretende establecer mecanismos de fortalecimiento para la economía popular, que garanticen su implementación con criterios de Responsabilidad Social Empresarial, en áreas destinadas a la construcción de Locales Comerciales de Interés Social. La medida aplicará a todo proyecto de construcción inmobiliaria residencial y vecinal, de centros comerciales, establecimientos de grandes superficies y parques comerciales, que posibiliten la formalización en la actividad económica de los vendedores informales en Colombia.
Los actores sujetos de este proyecto son: Personas dedicadas a la actividad de ventas informales debidamente acreditados por las autoridades municipales y distritales; establecimientos de grandes superficies, centros comerciales residenciales y parques comerciales; constructores, desarrrolladores y comercializadores de proyectos inmobiliarios con destino comercial; actores de la cadena de comercialización de bienes y servicios de economía popular; entidades del Estado que contemplen en su misión, principios, objetivos y metas la economía popular, empleo, desarrollo económico, protección social, vivienda y medio ambiente y poblaciones vulnerables, en especial, vendedores informales. Agrega el PL-2010-N011S que en todo proyecto de construcción inmobiliaria residencial y vecinal, de centros comerciales, establecimientos de grandes superficies y parques comerciales, que se realice en el país, se deberá asegurar la construcción y comercialización de locales comerciales de interés social.
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