Lunes , 26 de Julio de 2010 |
|
La iniciativa busca que el Estado asuma la obligación de rehabilitar, formar para el desarrollo, alimentar, educar y dar albergue al habitante de la calle. Como mecanismo de protección y restitución de los derechos de estos habitantes, el gobierno nacional incorporará proyectos que atiendan por lo menos las siguientes líneas: Planes y proyectos de refugio; planes y proyectos de alimentación; planes y proyectos de rehabilitación; planes y proyectos de formación para el desarrollo; Incentivos para el sostenimiento productivo.
Para garantizar lo anterior, se ordena que el Gobierno Nacional incorpore en la integración del Presupuesto General de cada vigencia de la Nación partidas presupuestales destinadas al diseño de los mencionados proyectos. PL-2010-N006C.
|
|