Según el proyecto de ley, al expedir certificados judiciales por petición ciudadana, el Departamento Administrativo de Seguridad (DAS), se abstendrá de incluir como antecedente penal los registros delictivos del solicitante cuando este haya cumplido su pena o la misma haya prescrito. Agrega la iniciativa que “Los archivos del DAS, en esta materia, tendrán carácter reservado y en consecuencia sólo se expedirán certificados o informes de los registros contenidos en ellos, así: a) A los peticionarios de sus propios registros, mediante la expedición del certificado Judicial, en el que no se reportaran como antecedente penal los registros delictivos del solicitante cuando este haya cumplido su pena o la misma haya prescrito.
B) A los funcionarios judiciales y organismos con facultades de policía judicial, que por razón o con ocasión de sus funciones, adelanten investigación, referente a la persona de quien la solicitan, previo requerimiento escrito”.
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