Miércoles , 28 de Julio de 2010 |
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La iniciativa pretende establecer para todos los trabajadores que acrediten grado en el nivel de formación profesional de pregrado, un salario mínimo básico igual o superior equivalente a dos (2) salarios mínimos legales mensuales vigentes. Cuando el trabajador acredite nivel de formación profesional de especialista o magister el salario mínimo básico en ningún caso podrá ser inferior a cinco salarios mínimos legales mensuales vigentes.
El empleador y el trabajador graduado en el nivel de formación profesional de pregrado, especialización o magister; acordarán el salario, sin perjuicio de que procuren y puedan concertar un salario superior.
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