Jueves , 5 de Agosto de 2010 |
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El proyecto de ley “tiene por objeto brindar exenciones tributarias para la importación y compra de implementos y material deportivo por parte de los ciudadanos practicantes de deportes competitivo y de alto rendimiento, que se encuentren debidamente afiliados y avalados por las asociaciones deportivas legalmente constituidas, y oficialmente reconocidas por el Instituto Colombiano del Deporte – Coldeportes”.
Para dar cumplimiento al objeto del proyecto, adicionase el artículo 428 del Estatuto Tributario con el siguiente literal: “Las importaciones de implementos y material deportivo, destinados a la preparación y participación de los deportistas colombianos en eventos deportivos nacionales e internacionales con sede en Colombia, previamente avalados por el Instituto Colombiano del Deporte – Coldeportes”. Para efectos de la exclusión del impuesto sobre las ventas, esta podrá efectuarla exclusivamente la Federación Deportiva Nacional, con previa aprobación de Coldeportes. Estos bienes no podrán comercializarse.
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