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Candidatos que queden de segundos en elecciones podrían ocupar cargos en el Congreso, Asambleas y Concejos
 
Año 35 – Bogotá, D.C., Lunes,07 de Julio de 2025– ISSN 2322-6382 (En línea)

Viernes , 13 de Agosto de 2010
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DE SER APROBADO PROYECTO DE ACTO LEGISLATIVO
Candidatos que queden de segundos en elecciones podrían ocupar cargos en el Congreso, Asambleas y Concejos
Publicado por Artículo20 en: 2010/07/28 03:32:50 pm
CongresodelaRepublica- PAL-2010-N002S-Comision Primera- TO (VOTO CIUDADANO) 2010/08/12

 

A través de la modificación de seis artículos constitucionales un proyecto de acto legislativo pretende que el llamado “Voto Ciudadano” no se pierda con la derrota de un candidato que ocupa un segundo lugar en las elecciones. De aprobarse esta iniciativa, “los candidatos a los cargos de Presidente y Vicepresidente de la República, Gobernador de Departamento, Alcaldes de Distrito y Municipio que sigan en votos a quienes la Organización Electoral declare elegidos en estos cargos, tendrán asiento en el Senado, en la Cámara de Representantes, en la Asamblea Departamental, en los Consejos Distritales y Concejos Municipales respectivos, durante el período para el cual se hizo la correspondiente elección”, lo que representa aumentar una curul en las mencionadas Corporaciones Públicas.

Para el caso de un candidato presidencial que llegare ocupe el segundo lugar en las elecciones tendría derecho a una curul al Senado y su vicepresidente a una curul en la Cámara de Representantes, para una candidato a una gobernación una curul en la respectiva asamblea departamental y el candidato a una alcaldía en su respectivo concejo municipal. Aclara el proyecto normativo que este tipo de nominación no genera inhabilidad alguna para una postrera elección al considerar que “este derecho es personal, y su ejercicio no produce inhabilidad para ninguna elección futura”. Autor: Senador Eduardo Enríquez Maya



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