Miércoles , 8 de Septiembre de 2010 |
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Señala el proyecto de ley que “no se concederán los subrogados penales o mecanismos sustitutivos de la pena privativa de libertad de suspensión condicional de la ejecución de la pena o libertad condicional; tampoco la prisión domiciliaria como sustitutiva de la prisión; ni habrá lugar a ningún otro beneficio o subrogado legal, judicial o administrativo, salvo los beneficios por colaboración regulados por la ley, siempre que esta sea efectiva, cuando la persona haya sido condenada por delito doloso o preterintencional dentro de los 5 años anteriores o cuando haya sido condenado por uno de los siguientes delitos: cohecho activo y pasivo, enriquecimiento ilícito de servidor público, estafa y abuso de confianza que recaigan sobre bienes del Estado, concusión, celebración de contrato sin el cumplimiento de los requisitos legales, lavado de activos, utilización indebida de información privilegiada, interés indebido en la celebración de contratos, violación del régimen de inhabilidades e incompatibilidades, tráfico de influencias, peculado por apropiación y soborno transnacional”.
Con la iniciativa también se pretende crear el Fondo Anticorrupción del Sector Salud como un fondo especial de la SuperSalud destinado a fortalecer la lucha contra la corrupción y el fraude en el sector de la salud. De otra parte, el proyecto de ley propone que “el servidor público que por razón del ejercicio de sus funciones tramite contrato sin observancia de los requisitos legales esenciales, así éste no se suscriba, o lo celebre o liquide sin verificar el cumplimiento de los mismos incurrirá en pena de 6 a 18 años de prisión, multa de 50 a 200 salarios mínimos legales mensuales vigentes e inhabilitación para el ejercicio de derechos y funciones públicas de 7 a 19 años”.
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