Jueves , 23 de Septiembre de 2010 |
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El proyecto de ley tiene por objeto “crear y establecer beneficios parafiscales y tributarios para los empleadores del nivel público y privado por la obligación de vincular y tener en su planta de personal a personas adultas mayores de 55 años de edad de estratos 1, 2 y 3 ó de nivel Sisben, siempre y cuando no reciban pensión de ninguna clase. El empleador deberá tener en su planta de personal un 20% de adultos mayores de las anteriores edades como mínimo para obtener estos beneficios”. El contrato deberá suscribirse necesariamente a término indefinido. Los empleadores, estarán exentos como beneficio durante la vigencia del contrato al pago de los aportes parafiscales al Sena, al ICBF y a las Cajas de Compensación Familiar correspondientes a este empleado. De igual forma obtendrán un descuento del 20% del pago de impuesto de renta y complementarios.
Agrega el proyecto de ley que los anteriores beneficios cesarán a favor del empleador una vez el empleado adulto mayor sea beneficiario de su pensión por vejez o por discapacidad. De otra parte, para los adultos mayores de 60 años, de estrato 1 y 2 o del mismo nivel del Sisben recibirán por parte del estado una mesada correspondiente al 50% del salario mínimo legal mensual como pensión de vejez la cual no será transferible por causa de muerte. Autor: Senador Camilo Sánchez Ortega.
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