El proyecto de ley contempla los siguientes aspectos: Primero, medidas de asistencia en áreas como salud y educación, además de alivios en las deudas que tuvieran las víctimas. Segundo, ayuda humanitaria para reacción inmediata ante nuevos hechos. Tercero, medidas de restitución que les permitan volver al estado en que se encontraban antes de que sus derechos fueran vulnerados. Cuarto, creación del Sistema Nacional de Atención y Reparación Integral a las Víctimas. La medida de restitución se realizará a través de herramientas como la indemnización por vía administrativa, la entrega de recursos para inversión o adquisición de tierras, y el apoyo a proyectos productivos que les permitan a las víctimas del desplazamiento forzado sostenerse de manera autosuficiente.
Así mismo, se les dará prioridad a las víctimas en el acceso a subsidios y créditos blandos para vivienda. Según el proyecto de ley, “la condición de víctima se determinará de la siguiente manera: Todas las solicitudes, sin importar el victimario, serán estudiadas y decididas por un Comité Jurídico de Reparaciones Administrativas, integrado por cinco juristas, que deberán tener las mismas calidades de un magistrado de la Corte Suprema. Este Comité, que obrará con un procedimiento expedito que garantice el derecho al debido proceso, deberá establecer la condición de víctimas de los solicitantes, pero no al victimario. Esta iniciativa, una vez aprobada, será el punto de partida para un periodo de transición de 15 años.
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