Pretende reglamentar el derecho de las personas, con enfermedades crónicas, degenerativas e irreversibles a recibir un tratamiento paliativo integral y digno, teniendo en cuenta los aspectos psicopatológicos, físicos, emocionales, sociales y espirituales, y a desistir de procedimientos terapéuticos extraordinarios y obstinados, que no cumplan con los principios de proporcionalidad terapéutica, y de mejorar la calidad de la misma, estando de por medio un diagnóstico de una enfermedad avanzada, progresiva e incurable, de acuerdo con las guías de atención integral que establezca el Ministerio de la Protección social para cada patología.
El Ministerio de la Protección Social y Fondo Nacional de Estupefacientes, garantizará la distribución las 24 horas al día y los siete días a la semana, la accesibilidad, disponibilidad y otorgará las autorizaciones necesarias para garantizar la suficiencia y la oportunidad para el acceso a los medicamentos opioides (analgésicos, dentro de los cuales se encuentran los narcóticos) de control especial para el manejo del dolor. Autora: Senadora Dilian Francisca Torres Toro.
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