Jueves , 14 de Octubre de 2010 |
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Propone el proyecto de ley que los terrenos y actuaciones urbanísticas destinadas a vivienda de interés prioritario y/o reubicación de asentamientos humanos, las empresas de servicios públicos domiciliarios que operen y presten servicios a las mismas, solo cobraran el 50 % de la tarifa correspondiente a cargos fijos en las que haya lugar a su cobro.
La iniciativa también busca que los terrenos que se localicen para uso de vivienda de interés prioritario y/o reubicación de asentamientos humanos, sean únicamente categorizados por las autoridades catastrales como pertenecientes a estrato uno ( 1 ) y así se mantendrán por un término de cinco 5 años improrrogables contados a partir de la entrega real y material de las viviendas a los beneficiarios, con el fin de garantizar una adecuada incorporación al sistema tributario de predial y de servicios públicos domiciliarios. Autor: Representante Noel Ricardo valencia Giraldo.
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