La presente iniciativa que presento a consideración del Congreso de la República tiene por objeto que las poblaciones estudiantiles socialmente menos favorecidas pertenecientes a los estratos 1, 2, y 3 del Sistema de Identificación y Clasificación de Potenciales Beneficiarios para los programas sociales (SISBEN), quedan excluidos del cobro de derechos académicos, tales como matrículas, pensiones y materiales educativas en las instituciones del Estado, cuya financiación provendrá directamente del Estado, de tal manera que se le dé un cumplimiento real a lo dispuesto en el artículo 67 de la Constitución Política de 1991.
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