Jueves , 2 de Diciembre de 2010 |
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ACUMULADO AL PL-2010-N073C- La propuesta busca elevar a rango legal la obligación de someter el tratamiento de los clubes de fútbol profesional convertidos en sociedades anónimas a la regulación del Código de Comercio y a lo previsto en la presente ley. Sin embargo, se mantiene la obligación de Coldeportes de otorgar el reconocimiento deportivo como requisito para desarrollar su objeto social, como se consagra en el Decreto 776 de 1996. Dicha información deberá ser remitida a la Cámara de Comercio. Por último, se reitera que en lo referente a los derechos y actividades de carácter deportivo, los equipos de fútbol se someterán a las previsiones de la legislación deportiva.
Además se otorga a Coldeportes, la posibilidad de revocar a solicitud del Ministerio Público o de oficio, el reconocimiento deportivo de los clubes de fútbol profesional que sean creados en fraude a la ley o en perjuicio de terceros, especialmente, de los jugadores.
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