Miércoles , 29 de Diciembre de 2010 |
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El proyecto de ley propone introducir nuevamente en el ordenamiento jurídico la figura de los Macroproyectos de Interés Social Nacional, concebidos como operaciones integrales, con participación de la Nación, acorde con lo dispuesto en el artículo 334 de la Constitución Política de 1991, y con las cuales se asegure el cumplimiento de los estándares de calidad ambiental urbana que garanticen la habilitación de suelo para la construcción de vivienda en proyectos de gran escala con impacto urbano, metropolitano o regional.
Los macroproyectos de interés social nacional serán adoptados por el Ministerio de Ambiente, y se diferenciarán, según tengan por objeto: A) La definición de los términos y las condiciones de gestión y ejecución de los contenidos, actuaciones o normas urbanísticas del plan de ordenamiento territorial vigente, sobre la base de un acuerdo interinstitucional entre la Nación y el respectivo municipio o distrito. Con la adopción de estos macroproyectos, en ningún caso, podrán modificarse las disposiciones del respectivo plan de ordenamiento. B) La definición, además de lo previsto en el numeral anterior, de las posibles modificaciones de las normas urbanísticas que regulan el uso del suelo del plan de ordenamiento territorial vigente, cuando ello resulte necesario para asegurar la viabilidad de la operación urbana que se adopta con el macroproyecto. En estos casos, la adopción del macroproyecto implicará la ratificación previa del Concejo municipal o distrital de la modificación de dichas normas. Autor: Senador Juan Lozano.
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