Jueves , 14 de Abril de 2011 |
|
Según el proyecto de ley, las personas que deseen acceder a un empleo de emergencia deberán cumplir los siguientes requisitos: Ser mayor de 18 años. Ser una persona damnificada o afectada por cualquier fenómeno natural peligroso que incida o altere desastrosamente a la población nacional y su forma de vida, que se encuentre en los registros que para tal efecto disponga el Gobierno Nacional. Estar registrado en la base del Sisben y tener un puntaje que lo clasifique en el nivel I o II o pertenecer a la estrategia Red Juntos, de los municipios afectados por la emergencia invernal.
El empleo de emergencia tendrá el carácter de temporal, y no podrá exceder los seis (6) meses, contados a partir del momento de la vinculación. La persona vinculada a un empleo de emergencia devengará el salario mínimo legal vigente, proporcional al tiempo laborado, sin que exceda la jornada máxima legal o fracción de esta. Así mismo, la persona vinculada a un empleo de emergencia será afiliado a la seguridad social en salud, cuya cotización será en un porcentaje del 4% a cargo del empleador; a la seguridad social en pensiones, cuya cotización será en un porcentaje del 4% a cargo del empleador y al sistema de riesgos profesionales. No habrá lugar al pago de aportes parafiscales al Icbf, Sena y cajas de compensación familiar.
|
|