Martes , 26 de Julio de 2011 |
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Para los procesos penales que se surten ante la Corte Suprema de Justicia, se entregaría la función investigativa a la Fiscalía General de la Nación. La ley reglamentaría la división de la sala penal en dos cámaras de manera que se garantice la doble instancia. También regularía lo relativo a la rotación de los magistrados en las mismas. La Sala Penal se dividiría en dos Cámaras. La primera, conformada por 4 magistrados, se encargaría de las decisiones en primera instancia. La segunda Cámara estaría integrada por 5 magistrados los cuales se encargarían de las decisiones de segunda instancia.
En los procesos disciplinarios, la etapa investigadora deberá ser adelantada por la actual estructura de la Procuraduría General de la Nación, garantizando la doble instancia, y la etapa de juzgamiento por los jueces administrativos de la República en primera instancia, y por los Tribunales Administrativos en segunda. “Una reforma en los anteriores términos, además de garantizarle esos derechos a los parlamentarios, implicaría eliminar la etapa administrativa de los procesos disciplinarios, en donde actualmente a un servidor público, al ser condenado disciplinariamente, se le abre la puerta para iniciar un procedimiento contencioso administrativo”.
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