Jueves , 4 de Agosto de 2011 |
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El proyecto de ley “tiene por objeto crear la Cuenta de Ahorro Pensional que será incluida de manera obligatoria en el portafolio de servicios financieros ofrecidos por las entidades bancarias, las cuales brindaran beneficios a la población pensionada o con asignación de retito de las Fuerzas Militares por medio de la reducción de algunos costos en los que se incurre al adquirir y mantener un producto de ahorro, buscando así incrementar el nivel de bancarización del país e incentivar a las entidades bancarias a comprometerse con la responsabilidad social empresarial”.
Según el proyecto de ley, el usuario de esta cuenta podrá contar con los siguientes beneficios: Los establecimientos bancarios no cobrarán cuota de manejo de la tarjeta débito en la Cuenta de Ahorro Social; los retiros de los cajeros automáticos realizados en la misma red bancaria de las cuenta del titular no tendrán ningún costo; en el momento en que el usuario de la Cuenta de Ahorro Social requiera cambio de su tarjeta debito por deterioro, el banco cobrará el uno (1%) por ciento del salario mínimo legal vigente SMLMV.
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