El régimen de insolvencia que se pretende regular, tiene por objeto permitirle al deudor persona natural no comerciante, acogerse a un procedimiento legal que le permita mediante un trámite de negociación de deudas en audiencia de conciliación extrajudicial celebrar un acuerdo de pago con sus acreedores y cumplir así con sus obligaciones pecuniarias pendientes sin importar su naturaleza, salvo las originadas en obligaciones alimentarias, ni los procesos ejecutivos correspondientes a las mismas. El senador Roy Barreras, autor del proyecto, dijo que “al acuerdo de pago podrán llevarse no sólo las deudas con el sector financiero sino público, lo que incluye las deudas con la DIAN, servicios públicos, y valorización, entre otros”.
|