Jueves , 6 de Octubre de 2011 |
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El proyecto de ley especifica que la Flota Mercante Colombiana estará integrada por naves de servicio internacional y naves de servicio nacional, teniendo en cuenta que las naves que se dediquen únicamente al servicio entre puertos de Colombia, tendrán beneficios económicos y normativos. De otra parte, se establece las siguientes contribuciones que deberán hacer las naves que se registren en la flota Mercante Colombiana: Tasa anual de registro, licencia de radiocomunicaciones, tasa de Inspección anual, tasa anual para participación internacional e investigación de accidentes y los honorarios Consulares, cuando el trámite se haga a través de un consulado habilitado para Marina Mercante. Los pagos por los conceptos anteriormente descritos, serán fijados por la Dirección General. Las naves de la flota Mercante Colombiana estarán exentas del pago de impuestos o gravámenes diferentes a los especificados anteriormente.
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