Según el proyecto de ley, todas las personas con discapacidad tendrán derecho a inscribir un vehículo en el organismo de tránsito del municipio, departamento o distrito en donde estén domiciliadas, que estará exento de restricciones de circulación. Los datos correspondientes al vehículo registrado serán a su vez inscritos por los organismos de transito mencionados, en el Registro Único Nacional de Transito, en un término de cinco (5) días. La Junta Regional de Calificación de Invalidez, según Manual Único de Calificación de Invalidez, certificará previamente la condición de discapacidad en la que se encuentre la persona que solicita la exención.
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