La iniciativa pretende dignificar las relaciones laborales de los trabajadores portuarios en Colombia. Para ello, se propone que devenguen un salario básico, de acuerdo a labor que realicen. La duración máxima legal de la jornada ordinaria de trabajo en los terminales marítimos y muelles públicos o privados, homologados o no homologados, beneficiarios de concesiones portuarias, será de 8 horas al día y 48 horas a la semana. De igual manera, en aquellos puertos o terminales marítimos o fluviales que laboren las 24 horas contarán con tres turnos de trabajo. El empleador no podrá, aun con el consentimiento del trabajador portuario contratarlo para la ejecución de dos turnos en el mismo día.
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