Martes , 24 de Julio de 2012 |
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Con el acto legislativo 1 de 2011 se habilitó la participación de todos los congresistas, sin verificar la procedencia del conflicto de intereses, en el trámite de los proyectos de acto legislativo con el fin de garantizar la viabilidad y el eficaz desarrollo del debate de reformas constitucionales, sin embargo, “en lo poco que lleva de vigencia se han obtenido unos perversos resultados al permitir que a través de la misma se ponga en duda la legitimidad y el actuar ético del Congreso en la expedición de reformas constitucionales”. En conclusión a través de éste proyecto, se busca volver a implantar la figura del conflicto de intereses en el trámite de aprobación de las reformas constitucionales “con el objeto de garantizar que la actividad legislativa se encamine exclusivamente en la búsqueda del bienestar de la sociedad”.
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