Lunes , 30 de Julio de 2012 |
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Según el proyecto de ley, la planificación y gestión de la silvicultura urbana y periurbana, deberá ser adelantada conforme al Plan Maestro de arborización y cobertura vegetal Urbana, el cual será de obligatoria observancia y concordante con los Planes de Ordenamiento Territorial, Planes de Ordenamiento y Manejo de Cuencas Hidrográficas. De igual manera, las Entidades territoriales formularán e implementaran el Plan Maestro de arborización y cobertura vegetal urbana, el cual será el instrumento directriz de planificación y gestión del recurso. Entre otros lineamientos que deberán ser establecidos por el Ministerio de Ambiente son los siguientes: Censo y caracterización del arbolado y cobertura vegetal ubicado en espacio público y zonas privadas; pautas para el manejo del arbolado urbano; identificación de los problemas sanitarios de los árboles; identificación y control de enfermedades; valoración ambiental, identificación de zonas potenciales de arborización y generación de zonas verdes, y consolidación de corredores biológicos.
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