El proyecto busca derogar el acto legislativo 01 de 2011, para de esta manera, si dentro del trámite de aprobación de un proyecto de acto legislativo, el congresista llegare a observar, que puede obtener algún tipo de favorecimiento o beneficio personal, ya sea moral o económico y que vaya en detrimento del interés general al cual debe supeditarse, deberá declararse impedido para participar de la discusión y votación del mismo. “Si el beneficio otorgado al congresista por el proyecto de Acto legislativo aprobado, es de carácter general, no incurriría en conflicto de intereses, pero por el contrario, si se demostraré que este beneficio es directo y personal en contraposición con el derecho de igualdad, que protege a todos los conciudadanos en un Estado social de derecho, deberá declararse impedido”, se expone en la parte motiva del proyecto.
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