El proyecto de ley pretende crear la estampilla "Pro hospitales de primer y segundo nivel de atención a la ciudad de Bogotá”, cuyo producido se destinará para: Construcción, ampliación y mantenimiento de planta física; adquisición, mantenimiento y reparación de equipos, requeridos y necesarios para desarrollar y cumplir con las funciones propias de las instituciones de primer y segundo nivel de atención; dotación de instrumentos y suministros requeridos por las instituciones en el área de laboratorios, centros o unidades de diagnósticos, biotecnología, microtecnología, informática y comunicaciones. Del total recaudado, los hospitales podrán destinar hasta un 10% en el pago de personal especializado y para atender los aportes de contrapartida que deben cubrir la atención de la seguridad social de los empleados.
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