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Deudores de cuotas alimentarias no podrían contratar con el Estado
 
Año 34 – Bogotá, D.C., Domingo,24 de Noviembre de 2024– ISSN 2322-6382 (En línea)

Jueves , 16 de Agosto de 2012
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Deudores de cuotas alimentarias no podrían contratar con el Estado
Publicado por Artículo20 en: 2012/08/15 03:20:52 pm
CongresodelaRepublica- PL-2012-N075S-Comision Primera- TO (CUOTAS ALIMENTARIAS) 2012/08/09

 

El proyecto pretende crear y poner en funcionamiento el Registro de Deudores Alimentarios Morosos, como mecanismo de control del incumplimiento de las obligaciones alimentarias. Según la propuesta, quienes estén reportados el dicho registro tendrán las siguientes consecuencias: Reporte negativo ante bancos de datos de información financiera y crediticia; inhabilidad para contratar con el Estado. Esta inhabilidad también se predica del deudor alimentario moroso que actúe como representante legal de la persona jurídica que aspira a contratar con el Estado; inhabilidad para aspirar y ocupar cargos públicos o para ejercer funciones públicas.



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