El servicio de radiodifusión sonora comunitario, que difunda programas culturales, educativos, ecológicos, de servicios, recreativos, informativos, noticiosos, de opinión, periodísticos, religiosos o deportivos, fomentados y establecidos por entes del nivel nacional, sería beneficiario de un porcentaje no menor al 33% del presupuesto nacional destinado a la publicidad o propaganda en radio, que será canalizado a través de Organizaciones Regionales y Nacionales sin ánimo de lucro, conformadas por las redes de emisoras comunitarias y concesionarias del Servicio de Radiodifusión Sonora Comunitario. De igual manera, el Servicio de radiodifusión comunitario fomentados y establecidos por entes del nivel departamental, será beneficiario de un porcentaje no menor al 33% del presupuesto departamental destinado a la publicidad o propaganda en radio.
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