PBX: (1) 245 1728

Usuario:
Clave:
� Olvido su clave ?
Ofrecerían condiciones reales para que periodistas que cubren orden público y D.H. reciban pensión de alto riesgo
 
Año 34 – Bogotá, D.C., Domingo,24 de Noviembre de 2024– ISSN 2322-6382 (En línea)

Miercoles , 22 de Agosto de 2012
Integrantes
Lista de Proyectos
Orden del día Plenaria
Agenda Semanal
Comisiones
Primera
Integrantes
Lista de Proyectos
Orden del Día
Segunda
Integrantes
Lista de Proyectos
Orden del Día
Tercera
Integrantes
Lista de Proyectos
Orden del Día
Cuarta
Integrantes
Lista de Proyectos
Orden del Día
Quinta
Integrantes
Lista de Proyectos
Orden del Día
Sexta
Integrantes
Lista de Proyectos
Orden del Día
Séptima
Integrantes
Lista de Proyectos
Orden del Día

 

Regresar   Imprimir
Ofrecerían condiciones reales para que periodistas que cubren orden público y D.H. reciban pensión de alto riesgo
Publicado por Artículo20 en: 2012/08/21 07:21:23 pm
CongresodelaRepublica- PL-2012-N072S-Comision Séptima- TO (PENSION PERIODISTAS) 2012/08/09

 

El proyecto subsanaría un vacío normativo que impide que algunos periodistas con ciertas características reciban la pensión especial, consagrada en los decretos del Gobierno 1281 de 1994, “Por el cual se reglamentan las actividades de alto riesgo” y el Decreto 2090 de 2003 “Por el cual se definen las actividades de alto riesgo para la salud del trabajador”. En el decreto 2090 se definió también que para poder aplicar esta pensión, se debía tener en ese momento 500 semanas de cotización, para que finalmente se le pudiera aplicar la Ley 797, que tiene que ver con el régimen pensional. Pero haciendo la correlación entre el Decreto 1281 y el 2090, esas 500 semanas de ninguna manera se podían aplicar, porque no correspondían esas fechas para el cumplimiento de las 500 semanas, sino de 467 semanas.

Teniendo en cuenta lo anterior, se propone adicionar un artículo nuevo a la ley 797, para que allí se señale que “las personas amparadas por las normas del capítulo II, Régimen Especial de Pensiones de Invalidez de Sobrevivientes y de Vejez para Periodistas, artículo 9 y siguientes del Decreto 1281 de 1994, con vigencia prorrogada por el régimen de transición previsto en el artículo 6 del Decreto 2090 de 2003, podrán acceder a las mismas si a 28 de julio de 2003 tenían cuatrocientas sesenta y ocho (468) semanas de servicios cotizadas”. Para el autor del proyecto, el senador Armando Benedetti, de no aprobarse la iniciativa “tendríamos un decreto que promete derechos pero que realmente encierra un sofisma inadmisible por inaplacavilidad”.



Integrantes
Lista de Proyectos
Orden del día Plenaria
Agenda Semanal
Comisiones
Primera
Integrantes
Lista de Proyectos
Orden del Día
Segunda
Integrantes
Lista de Proyectos
Orden del Día
Tercera
Integrantes
Lista de Proyectos
Orden del Día
Cuarta
Integrantes
Lista de Proyectos
Orden del Día
Quinta
Integrantes
Lista de Proyectos
Orden del Día
Sexta
Integrantes
Lista de Proyectos
Orden del Día
Séptima
Integrantes
Lista de Proyectos
Orden del Día


 
 
Bogotá gestiondocumental@articulo20.com.coPBX (1) 245 17 28   Carrera 18A # 43-25 Piso 2
 
Ud se encuentra navegando desde la IP 3.141.35.27 Términos y condiciones de uso