Jueves , 30 de Agosto de 2012 |
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La propuesta pide el reconocimiento por parte del Estado de una pensión no contributiva o asistencial de sobrevivencia, equivalente a medio salario mínimo mensual para colombianos mayores de 65 años que carezcan de rentas e ingresos propios y a personas en condiciones de discapacidad severa o mental profunda. Cuando una persona posea exclusivamente rentas e ingresos propios inferiores a la pensión establecida, ésta se liquidará hasta completar el monto previsto en la presente norma. La ley determinará el procedimiento y requisitos para acceder a ella.
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