“Se incorpora una disposición transitoria a las sanciones previstas en el artículo 107 de la Constitución política, a favor de los actuales miembros de las Corporaciones Públicas, en el sentido de otorgarles la posibilidad de retirarse del partido político en el que se encuentran e inscribirse en otro, por una sola vez y sólo en el término de dos meses siguientes a la entrada en vigencia del presente Acto Legislativo”.
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