Martes , 18 de Septiembre de 2012 |
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El proyecto de ley “tiene como objetivo prever el vacío jurídico que se generará en el Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo (Ley 1437 de 2011), conforme los establecido en la Sentencia C-818 de 2011, la cual declaró inexequible los artículos 13 al 33, sobre el derecho fundamental de petición; por cuanto en criterio de esa alta corporación de justicia se había incurrido en error de procedimiento, puesto que el tramite previsto para el citado derecho debe corresponder al de una ley estatutaria. La Corte Constitucional determinó que los efectos de dicha sentencia, de haber sido bajo el parámetro de una inexequibilidad inmediata, serian graves en materia de protección del derecho fundamental de petición, al generarse un vacío legal con incidencia directa en el goce de dicha garantía. Para prever lo anterior, difirió los efectos de inexequibilidad del fallo, al 31 de diciembre de 2014, a fin de que el Congreso expida la ley estatutaria correspondiente”.
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