Jueves , 18 de Octubre de 2012 |
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El proyecto presentado por el ministro de Trabajo Rafael Pardo, establece que las personas que labores por días o periodos inferiores a un mes y que por dicha situación devenguen menos de un salario mínimo, el empleador deberá vincularlos al servicio social complementario de Beneficios Económicos Periódicos y las personas jurídicas al Sistema General de Riesgos Laborales. Además, el empleador que vincule a este tipo de trabajadores, deberá efectuar la inscripción del empleado al mecanismo de Beneficios Económicos Periódicos - BEPS, y realizar el aporte del 7% sobre el ingreso del trabajador, el cual no podrá ser inferior a un salario mínimo diario legal vigente. El administrador de BEPS tendrá la obligación de informar al trabajador que adicionalmente podrá realizar aportes voluntarios a dicho mecanismo y las condiciones en que puede hacerlo.
En el evento en que dicho trabajador durante su vida laboral se hubiere afiliado al Sistema General de Pensiones y no cumpla con los requisitos para acceder a la pensión, podrá de manera voluntaria trasladar la indemnización sustitutiva o la devolución de saldos al mecanismo BEPS con el propósito de incrementar el beneficio periódico que le otorga éste mecanismo. Igualmente, el trabajador podrá trasladar los aportes realizados al mecanismo BEPS, cuando éstos se constituyan en determinantes, en términos de ahorro o semanas cotizadas, para que el trabajador cumpla requisitos para acceder a una pensión. El Gobierno reglamentara los casos y los trámites para facilitarle al trabajador el traslado. Como parte de los incentivos del mecanismo de Beneficios Económicos Periódicos el trabajador vinculado laboralmente en esta modalidad a una persona natural podrá acceder a los seguros que cubren el riesgo de invalidez y muerte cuya prima se financia con el Fondo de Riesgos Laborales.
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