Jueves , 9 de Noviembre de 2006 |
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El presente proyecto de ley tiene por objeto regular las técnicas de reproducción asistida humana, así como sentar los lineamientos para realizar investigaciones científicas tecnológicas de terapia celular. Dichas técnicas de reproducción asistida, así como las investigaciones de terapia celular sólo podrán realizarse en los establecimientos idóneos debidamente autorizados por el ministerio de la Protección Social, siempre y cuando resulten científica y clínicamente adecuados y realizados con los equipos técnicos y de recurso humano especializados requeridos.
Señala el proyecto de ley 172/06C que las técnicas de reproducción asistida tienen como finalidad facilitar la procreación humana, cuando quiera que por razones médicas ella no pueda lograrse por las vías naturales.
También podrán utilizase para la prevención de enfermedades de tipo genético o hereditario. Autor: Senador Jairo Clopatofsky Ghisays
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