Lunes , 14 de Abril de 2008 |
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Señala el articulado de este proyecto de enmienda constitucional que con fines resocializadores y rehabilitadores se podrá establecer sanciones no privativas de la libertad a quienes porten o consuman sustancias estupefacientes o psicotrópicas para uso personal. Así mismo, el Estado dedicará especial atención al adicto y a la familia para fortalecerla en valores y principios que contribuyan a prevenir comportamientos que afecten el cuidado integral de la salud de las personas y, por consiguiente, de la comunidad, y desarrollará en forma permanente campañas de prevención contra el consumo de drogas o sustancias estupefacientes y en favor de la recuperación de los adictos.
Agrega el PAL-021/08S que en ningún caso la sanción aplicable constituirá antecedente penal. Autores: Ministros del Interior y de Justicia, Carlos Holguín Sardi y Diego Palacio Betancourt, de la Protección Social.
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