Jueves , 24 de Abril de 2008 |
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PL-2008-N292C TOPor el cual se modifica el articulo 30 de la ley 1176 de 2007 (pretende que en los lugares en donde se demuestre insuficiencia o limitaciones en las instituciones educativas del Sistema Educativo Oficial, pueda contratarse la prestación del servicio educativo con entidades estatales o privadas que se dediquen de manera profesional a prestar el servicio publico de la educación). Autor: Representante Fernando Tamayo Tamayo.
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