Por la cual se adiciona el artículo 130 de la ley 270 de 1996, estatutaria de la administración de justicia (propone que la edad de retiro forzoso de los Magistrados de la Corte Constitucional, de la Corte Suprema de Justicia, del Consejo de Estado y del Consejo Superior de la Judicatura, sea a los setenta años). Autor: Senador Jorge Humberto Mantilla Serrano.
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