Lunes , 25 de Febrero de 2008 |
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El proyecto de ley tiene por objeto imponer una sobretasa de impacto ambiental a la exportación del carbón que se haga por los puertos marítimos o fluviales, tendiente a financiar obras de recuperación ambiental en los diferentes distritos y municipios cuyos puertos son utilizados para dicha actividad. Se establece la sobretasa entre un mínimo de 30 centavos de dólar y un máximo de 50 centavos de dólar por cada tonelada de carbón exportada.
La propuesta legislativa (PL-252/08C) autoriza a los concejos distritales y asambleas de los departamentos a los cuales pertenecen los municipios en donde se encuentren los puertos marítimos y / o fluviales por donde se exporta el carbón para que fije el monto de la sobretasa. Se autoriza a los concejos distritales y asambleas de los departamentos para que acuerden constituir un Fondo Fiduciario que se denominara “Fondo Fiduciario de Impacto Ambiental” para que recaude y administre el producido de la sobretasa. Autor: Representante Alonso Ramírez Torres.
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