Miércoles , 27 de Febrero de 2008 |
|
“Los oficiales y suboficiales de las Fuerzas Militares, así como los oficiales, suboficiales y personal del nivel ejecutivo de la Policía Nacional que hayan sido víctimas del delito de secuestro, serán ascendidos al grado inmediatamente superior al que ostentaban en el momento del secuestro, cuantas veces cumplan en cautiverio con el tiempo mínimo establecido como requisito para ascenso en los grados correspondientes del personal activo en la respectiva entidad de acuerdo con la reglamentación existente” así lo indica un proyecto de ley presentado por la representante Lucero Cortés.
Añade el PL-253/08C que el oficial, suboficial, soldado y empleado público de las fuerzas militares, así como el oficial, suboficial, personal del nivel ejecutivo, agente y empleado público de la Policía Nacional, y del régimen prestacional civil del Ministerio de Defensa y Policía Nacional que estando en servicio activo sea víctima del delito de secuestro por parte de grupos o personas al margen de la ley y este hecho resultare suficientemente comprobado por las autoridades judiciales competentes, sus familiares beneficiarios tendrán derecho a continuar percibiendo el salario y prestaciones sociales a que tenga derecho al momento de ocurrencia del secuestro, ajustados de acuerdo con los aumentos legalmente exigibles, en un75% de sus respectivos haberes según el grado que ostenten, durante todo el tiempo que permanezca en cautiverio. El 25% restante será pagado al secuestrado una vez sea puesto en libertad, a valor presente al momento de su liberación.
|
|