Miércoles , 4 de Junio de 2008 |
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El senador Ubeimar Delgado Blandón radicó en el Senado un proyecto de ley que busca restringir en todo el territorio nacional, la circulación de vehículos de transporte público colectivo e individual de pasajeros, y de los vehículos prestadores de servicios de transporte terrestre automotor especial tipo automóvil (taxis blancos). La restricción regirá entre las 5:30 y las 21:00 horas de lunes a sábado. Esta medida no se aplicará en los días festivos. Los vehículos de servicio público colectivo de pasajeros con restricción podrán circular en el horario comprendido entre las 10:00 y las 16 :00 horas con el fin único y exclusivo de trasladar dichos equipos a los establecimientos encargados de prestar el servicio de reparación mecánica - automotriz, mantenimiento preventivo o revisión técnico-mecánica.
Señala el PL-2008-N302S que la restricción de circulación se aplicará de la siguiente manera:
Día
1a. Semana
2a. Semana
3a. Semana
4ª. Semana
5a. Semana
Lunes
1 y 2
3 y 4
5 y 6
7 y 8
9 y 0
Martes
3 y 4
5 y 6
7 y 8
9 y 0
1 y 2
Miércoles
5 y 6
7 y 8
9 y 0
1 y 2
3 y 4
Día
1a. Semana
2a. Semana
3a. Semana
4ª. Semana
5a. Semana
Jueves
7 y 8
9 y 0
1 y 2
3 y 4
5 y 6
Viernes
9 y 0
1 y 2
3 y 4
5 y 6
7 y 8
Sábado
1 y 2
3 y 4
5 y 6
7 y 8
9 y 0
Concluida la quinta semana, el ciclo se reinicia.
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