El Ministerio de Agricultura radicó un proyecto de ley que tiene por objeto establecer la Cuota de Fomento de la Papa, crear el Fondo de Fomento y determinar las principales definiciones de las bases para su recaudo, administración y destinación, con el fin de contribuir al desarrollo del subsector de la papa en Colombia. La iniciativa define el subsector de la papa como el componente del sector agrícola del país, constituido por las personas naturales, jurídicas o sociedades de hecho, dedicadas a la producción, recolección, acondicionamiento, procesamiento, comercialización y actividades afines de la papa.
El PL-2008-N003C establece la Cuota de Fomento de la Papa, como una contribución de carácter parafiscal a cargo del productor y que equivale al uno por ciento (1%) del valor de venta de papa de producción nacional. La Cuota de Fomento de la papa se causará por una sola vez al productor momento de la venta o exportación. Los productores de papa, ya sean personas naturales o jurídicas o sociedades de hecho, estarán obligados al pago de la Cuota de Fomento de la Papa.
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