Señala esta iniciativa que el uso de ácidos corrosivos, bases cáusticas, estricnina, warfarina, cianuro o arsénico, o cualquier otra sustancia para producir la muerte de un animal, se castigará con pena de arresto efectivo e ininterrumpido de 6 meses a 3 años y multa de 5 a 30 salarios mínimos. Según la iniciativa queda prohibido a profesores y estudiantes, cualquiera sea el establecimiento educativo o de enseñanza en el que se desempeñen o asistan, causar daño, lesión o muerte a un animal en ejercicio de sus actividades didácticas o de aprendizaje, u ordenar o promover que se causen. Igualmente les está prohibido utilizar por sí o por otro, animales con fines didácticos, educativos o de aprendizaje, cuando por esa causa se pueda derivar lesión o muerte a los mismos.
Las facultades de medicina, de medicina veterinaria, de zootecnia o ciencias afines, y todas aquellas disciplinas que manipulen animales, los establecimientos similares en los que se enseñen técnicas de reproducción, cría, desarrollo, manejo, cuidado o sacrificio de animales y sus profesores o estudiantes, quedan especialmente obligados a las disposiciones de este artículo y este estatuto. Sin embargo, cuando en los establecimientos descritos sea indispensable la realización de prácticas con animales, de las que se pueda derivar algún daño o lesión, dichas actividades se llevarán a cabo utilizando animales muertos. Autores: Congresistas David Luna, Simón Gaviria y Elsa Cifuentes.
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