Jueves , 24 de Julio de 2008 |
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Señala esta iniciativa que pretende modificar la Ley 181 de 1995 (Ley del deporte) que los clubes con deportistas profesionales organizados como asociaciones o corporaciones sin ánimo de lucro, podrán convertirse en sociedades anónimas, teniendo en cuenta los requisitos establecidos en la ley.
Agrega el PL-2008-N013C que los clubes con deportistas profesionales organizados como corporaciones o asociaciones sin ánimo de lucro o como sociedades anónimas, deberán tener como mínimo 5 accionistas, afiliados o aportantes. Los clubes con deportistas profesionales de disciplinas diferentes al fútbol en ningún caso podrán tener un aporte inicial o un capital suscrito y pagado inferior a 100 salarios mínimos legales vigentes. Autor: Ministro del Interior y de Justicia, Fabio Valencia Cossio.
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